Estudios y trabajos técnicos. Gastos de estudio, trabajos técnicos, estadísticos o de otro carácter que se deriven de tareas encomendadas a empresas especializadas, profesionales independientes o expertos, que no sean aplicados a planes, programas, anteproyectos y proyectos de inversión, en cuyo caso figurarán en el Capítulo 6, «Inversiones reales». También se incluirán en este subconcepto, la dotación de premios de investigación y estudio de concursos de ideas, de trabajos, publicaciones, ediciones, exposiciones y participaciones de carácter cultural, artístico, científico, técnico, jurídico y económico, relacionados con la actividad de la entidad local o de sus organismos autónomos. Cuando sean susceptibles de aplicación a planes, programas, anteproyectos y proyectos de inversión, figurarán en el Capítulo 6, «Inversiones reales».
No hay más subpartidas. Volver a la partida padre: Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.
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