Las indemnizaciones que para resarcir gastos derivados de comisiones de servicio y de acuerdo con la legislación vigente deban satisfacerse a miembros de los órganos de gobierno, funcionarios, personal laboral, eventual y contratado. Se imputarán a este concepto las indemnizaciones reglamentarias por asistencia a tribunales y órganos colegiados y, en general, por concurrencia personal a reuniones, consejos o comisiones.
Categoría | Porcentaje | Cantidad |
---|---|---|
Dietas | 95,50% | 100.900 € |
Locomoción | 2,70% | 2.850 € |
Otras indemnizaciones | 1,80% | 1.900 € |
No hay distribución asociada a esta partida.
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